Noticia | 9 Febrero 2017

Sernac inicia mediación con inmobiliaria Paz por cláusulas abusivas

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) inició una mediación colectiva con Inmobiliaria Paz, luego de detectarse cláusulas “abusivas” en los diferentes contratos del proveedor.

Según informó la institución que busca velar por los derechos de los consumidores, se trata de contratos de reservas de compra de inmuebles, contrato de promesa de compraventa y contrato de compraventa.

La acción se produce luego que el Sernac analizara los documentos y detectara eventuales infracciones a la Ley de Protección del Consumidor, particularmente, en el ámbito de los derechos a la información veraz y oportuna, y a las características relevantes de lo ofrecido por la inmobiliaria.

En este sentido, la institución estatal aclara que “todo proveedor de bienes o servicios está obligado a respetar los términos, condiciones y modalidades, conforme a las cuales se hubiere ofrecido o convenido la entrega del bien.

Respecto a los reclamos en el mercado inmobiliario, el Sernac informó que durante el 2016 recibió 5.172 denuncias, lo que lo ubica entre los sectores con más quejas por parte de los consumidores.

Durante el 2015, el servicio recibió 3.224 reclamos, lo que significa que las denuncias aumentaron en casi 2.000.

Que no te estafen

¿Qué son las cláusulas abusivas?

El Sernac detalla que “son aquellas incorporadas en los contratos, de manera predispuesta por el proveedor y respecto de las cuales no hay posibilidad de negociación”.

Por ejemplo, es abusiva una cláusula que establece que la empresa puede cambiar las condiciones ofrecidas en forma unilateral; donde no se establece una fecha de entrega de una propiedad; o donde la empresa declara no hacerse responsable ante incumplimientos o retrasos.

¿Cuáles son los derechos que tienes al comprar una propiedad?

El sueño de la casa propia es, probablemente, uno de los más importantes en la vida de una persona. Por esto, desde el Sernac aclararon cuáles son los derechos exigibles al momento de comprar una vivienda.

En este sentido, la institución recalca que los consumidores tienen derecho a recibir un servicio con estándares profesionales por parte de las empresas, lo que implica que se respete al pie de la letra lo ofertado.

Es decir, si la oferta es una propiedad con “entrega inmediata”, “espectacular vista a la cordillera” o “amplias piscinas” y “áreas verdes”, es lo que, exactamente, los consumidores deben recibir.

Asimismo, el cliente debe recibir información veraz y oportuna sobre lo que se adquirirá, conociendo el precio final del producto, incluyendo todos los cargos.

Del mismo modo, se debe exigir el respeto por la publicidad, ya que todo lo incluido allí se entiende incorporado al contrato de compraventa.

Por otro lado, en casos exclusivos de compra de casas, existe una normativa especial denominada Ley de Calidad de la Vivienda, en donde se establecen los plazos en que las empresas deben responder cuando se producen problemas.

Sumado a lo anterior, existe la Ley General del Urbanismo y Construcciones, en donde se incluyen los procedimientos de demandas colectivas por los daños en la calidad de las viviendas adquiridas, la que establece que habiendo 6 o más afectados por una mala construcción, se puede iniciar un juicio en conjunto.

 

Fuente: BioBio

Publicado por
Michelle Azuaje Pirela

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