Noticia | 15 Diciembre 2017

CORTE DE SANTIAGO MULTA A RIPLEY POR PROMOCIÓN ENGAÑOSA

La Corte de Apelaciones de Santiago estimó que la empresa comercial Eccsa, matriz de Ripley, deberá pagar 30 UTM (1,4 millones de pesos aproximadamente), por engañosa promoción en los “Días R Ripley”, la cual “induce a error a un consumidor normal”.

El fallo de la Quinta sala del tribunal de alzada, estableció que “en cuanto al fondo del conflicto, con el mérito de la prueba documental allegada a la causa, se tiene por establecido que la oferta promocionada para los “Días R Ripley” era válida para “Miles de Productos” identificados en términos genéricos, mencionando únicamente las marcas a las que se aplicaría la rebaja, publicidad que induce a error a un consumidor normal, el que enfrentado a esa situación comercial favorable cree que el descuento se aplicará a todos los productos de esa categoría, lo que no era así”.

Por ello, la resolución que agrega “en cuanto al hecho de haber actuado ‘sabiendo o debiendo saber’ que ese proceder comercial podría provocar una afectación a los clientes de la tienda, estos, sentenciadores no pueden sino concluir que una empresa de la trayectoria y dimensiones de la denunciada al diseñar su estrategia de ventas, aún cuando se trate de ofertas por rebaja de precio, debió representarse las consecuencias de un aviso publicitario deficiente frente a un consumidor promedio teniendo presente el universo de personas a quien iba dirigida la oferta”.

El documento enfatiza en que “los datos entregados deben ser claros y tendientes a evitar que el consumidor extraiga del aviso inferencias equivocadas, como ocurrió en este caso, y podría haber acontecido con otros eventuales compradores; esto es, creer que todos los productos de las marcas indicadas estaban con descuento, por lo que ha de concluirse que la denunciada no empleó la diligencia o cuidado exigible en la promoción de la oferta y publicidad de los “Días R Ripley”, estando en condiciones de haber actuado en mejor medida”.

Por último la resolución indica que “a lo anterior se agrega la regulación legal de los avisos publicitarios no sólo buscan proteger -en general- el derecho a la libertad de elección del consumidor, sino también resguardar la libre competencia entre los consumidores”.

Publicado por
Michelle Azuaje Pirela

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