Noticia | 12 Septiembre 2011

LEY DE TRANSPARENCIA

La ley de transparencia pública y la transparencia de los privados
Por Hernán Calderón R. Constructor Civil, Pdte CONADECUS
A un año entrada en vigencia la ley de transparencia en la información publica, es indesmentible que ha significado un gran avance. Con este tipo de leyes iniciamos el largo camino que permitirá el término de la cultura del secretismo, una practica tan arraigada en nuestro país. Hoy nadie discute la importancia de contar con una legislación de estas características y un órgano autónomo, como es el Consejo para la Transparencia, los avances han sido importantes, pero esto no debe impedir seguir avanzando en aquellos aspectos que siguen pendientes y que es necesario abordar para que el acceso a la información pública sea una realidad y se extienda al conjunto de los
Es indesmentible el fuerte déficit por parte de los ciudadanos del conocimiento sobre leyes de protección a sus derechos ciudadanos y desconoce por completo estas normas, la mayoría de la gente no sabe qué exigir, los ciudadanos preguntan poco, y no saben que hacer con la información, el Estado tampoco se ha encargado de hacer una fuerte campaña de difusión para que los ciudadanos conozcan los derechos en materia de acceso a la información, no saben que tienen el derecho de acceder a la información en manos del gobierno, que políticos y funcionarios están obligados a responder, que hay un Consejo para la Transparencia, que dirime y sanciona cuando un organismo o autoridad niega una solicitud de información.
Además, hay carencias de las que adolece la ley, especialmente porque las causales de reserva dispuestas son muy amplias, lo que facilita que los organismos estatales puedan negar la información requerida. Entre estas causales se cuentan el que una información requerida pudiera afectar la investigación de un crimen, la vida privada de una persona, perjudicar la seguridad o la defensa nacional y alterar el orden o la seguridad pública, así también debe avanzarse en lo que se refiere a otras instituciones como la Contraloría, Ministerio Público, Tribunal Constitucional, tribunales de Justicia y Banco Central, si bien se considera la posibilidad de solicitar información de manera pasiva, se excluye el recurso de reclamación ante el Consejo para la Transparencia.
En la actual legislación las empresas del Estado o en que éste tenga participación quedan sujetas a un régimen excepcional de transparencia activa reducida respecto de la regla general y sus decisiones ante un pedido de información no son reclamables, lo que implica que pueden abstenerse de entregar información sin que esto constituya delito, en estos casos se debe avanzar a una Mayor transparencia, de tal manera que los ciudadanos tengamos acceso a la información sin restricciones.
Sin embargo, al establecer transparencia sólo para el sector público con las limitantes antes expuestas, los consumidores y usuarios también consideramos insuficiente la transparencia del sector privado. La promulgación y entrada en vigencia de esta nueva ley, abre el debate necesario sobre la transparencia de la gestión financiera del sector privado, que hoy se mantiene en la oscuridad, el funcionamiento de un mundo por el que circula la mayoría del dinero y riqueza que componen el producto interno.
Con un poder económico cada vez mayor, la empresa privada en forma directa o mediante sus organizaciones gremiales, pueden realizar mediante el lobby, acciones que pueden promover o impedir el desarrollo de políticas públicas, leyes o normativas, que pueden perjudicar directamente a los ciudadanos, consumidores y/o usuarios Así como también se deben transparentar los aportes a fundaciones o ONG por la responsabilidad social empresarial, ya que la transparencia informativa en este sentido es fundamental para minimizar el riesgo de actos que impliquen inhibir el ejercicio de derechos ciudadanos, acallar denuncias o competencia desleal entre empresas.
Así también, los ciudadanos consideramos necesario considerar también, que las empresas privadas que prestan servicios públicos deban someterse a la ley de transparencia, esto resulta esencial para los consumidores, considerando el alto número de servicios públicos que están en manos de empresas privadas. Así también aquellas que tienen rentabilidad asegurada, actividades monopólicas y las que por necesidad obligatoria necesitamos de ellas, es bueno que se sometan a una ley de transparencia para el sector privado, en donde los gastos, contratos con proveedores, sueldos, sobre sueldos o bonos muchas veces inciden en las tarifas finales pagadas por los consumidores y usuarios de bienes o servicios.
Un rol fundamental tienen las organizaciones ciudadanas en la implementación de esta política pública en la difusión y utilización por parte de la sociedad civil, ya que deberán actuar como un filtro entre el ciudadano común, el gobierno y las instituciones públicas, el acceso a la información por parte de la organizaciones ciudadanas es para un propósito mayor, es para mejorar la participación ciudadana, la democracia y el conocimiento acerca de las políticas que afectan sus intereses, para mejorar la actividad del gobierno, y también pensar en cómo ellos pueden ayudar a los intereses de la sociedad.

Publicado por
Michelle Azuaje Pirela

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