Noticia | 12 Septiembre 2011

EL TURISMO Y LOS CONSUMIDORES

Nueva Ley de Turismo en Chile: ¿Qué ganan los consumidores?
Calidad y seguridad:
La Ley entrega mayores garantías de calidad y seguridad en un rubro donde hasta ahora no era fácil distinguir quien es quien. Ahora los “buenos” estarán claramente identificados con un sello de calidad y/o seguridad otorgado por el Servicio Nacional de Turismo luego de que pasen por un proceso de certificación. Quien deje de cumplir alguno de los parámetros establecidos, podrá ser sacado de dicho registro por el SERNATUR.
La incorporación a Los Registros y Certificación de Calidad y Seguridad son voluntarias, salvo, para los servicios de alojamiento donde el registro es obligatorio, y para turismo aventura, donde la certificación es obligatoria. Derechos al turista/consumidor La nueva normativa especifica derechos adicionales a los que entrega la Ley del Consumidor para el consumidor/turista como el derecho a la información, a la seguridad y a que se cumpla lo ofrecido.
Si bien esos derechos ya están contemplados en la Ley del Consumidor, la nueva Ley de Turismo los particulariza para las empresas prestadoras de servicios turísticos estableciendo la obligación de:
– Informar a los usuarios sobre las condiciones del servicio que ofrezcan.
– Entregar los servicios a los que estén obligados según su clasificación.
– Exhibir el precio en un lugar visible.
– Exhibir el sello de calidad y/o seguridad.
– Ocuparse del buen funcionamiento y mantención de sus instalaciones y bienes asociados a la prestación del servicio Garantizar la seguridad y salud de las personas.
– Disponer de un folleto que contenga por escrito la oferta sobre el viaje y detalle cada servicio o actividad, entre otros.
Denuncias
Cualquier infracción a la calidad o a la seguridad de los servicios turísticos podrá denunciarse de acuerdo a lo establecido por la Ley del Consumidor, esto es, a través del SERNAC para buscar una solución extrajudicial, o a través de un Juzgado de Policía Local.
El SERNAC, SERNATUR, Carabineros y las Municipalidades podrán denunciar ante los Tribunales este tipo de infracciones. Otra novedad es que para la aplicación de las multas, el juez podrá tomar especialmente en cuenta el idioma del turista, su tiempo de permanencia en el país, si se contrató o no a una agencia de turismo, la situación de indefensión en la que haya quedado el turista afectado por la infracción y los daños efectivamente causados.Por otra parte, el plazo de prescripción para este tipo de infracciones será de dos años desde cometido el hecho.
En definitiva, con esta nueva Ley ganan:
– Los consumidores en su calidad de turistas al establecerse derechos específicos y parámetros de calidad y seguridad Ganan los turistas extranjeros o transeúntes pues se incentiva el reclamo aunque estén de paso.
– Gana la industria al generarse mayor competencia y señalizar quien es quien en materia de turismo.
– Y gana el país al elevarse los estándares de calidad y seguridad en un mercado de alta importancia económica.

Publicado por
Michelle Azuaje Pirela

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