Noticia | 28 Noviembre 2012

La industria del Seguro y lo que Necesitamos los Consumidores

Por Hernán Calderón Ruíz, Presidente de Conadecus

El acuerdo de autorregulación entre la SVS y el Retail seguro es un avance, sin embargo consideramos necesario incorporar otros avances para mejorar el desempeño de la industria y la protección de los consumidores

Parte importante del sector empresarial afirma que la RSE, la autorregulación y códigos de conducta éticas son herramientas de carácter voluntario, y que no deben regularse con disposiciones legales. Muchas empresas o sectores de la economía han optado por la fórmula de la autorregulación, para corregir los impactos negativos que genera el desarrollo de su actividad.

Estas medidas son normas dictadas, en la mayoría de los casos, de forma unilateral por parte de las empresas o sectores de la industria. Distinto son los acuerdos de autorregulación con la entidad reguladora de la actividad, es esta la que verifica el cumplimiento de los acuerdos de autorregulación acordados. Consideramos que este procedimiento, tiene méritos destacables cuando es propiciada por la industria, con medidas efectivas que transparentan, regulen mejor la actividad y sean de beneficio de los usuarios de estos servicios.El acuerdo de autorregulación entre la SVS y el Retail seguro es un avance, sin embargo consideramos necesario incorporar otros avances para mejorar el desempeño de la industria y la protección de los consumidores:

1. Porque existen aspectos que no deben posicionarse en la esfera de voluntariedad. Cuando está en juego el derecho a la información oportuna y veraz, la transparencia, los Derechos Humanos y Medioambientales.

2. Porque los Código de Conducta o autorregulación no son suficientes para trasladar al inversor y al ciudadano la información necesaria para valorar los efectos de la actividad.

3. Porque la autorregulación o códigos de conducta no guardan una relación uniforme en cuanto a su contenido y el alcance de los mismos.

Por lo tanto, consideramos necesario el establecimiento de reglas y mecanismos comunes para todos los actores. En el caso de la industria del seguro en Chile, valoramos las iniciativas legislativas en esta área contenidas en el proyecto llamado ” modernización del sistema financiero”. Sin embargo creemos que se puede avanzar más en esta línea y sugerimos incorporar nuevas medidas, muchas de las cuales son propuestas desde instituciones y organismos supranacionales y multilaterales como las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE, y las Normas sobre las responsabilidades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales.

Propuestas sugeridas de organismos internacionales y CONADECUS:

– Deber de informar al consumidor de las coberturas básicas con sus exclusiones, valor de los deducibles, períodos de carencia o tiempos de permanencia mínimos antes de la cobertura, límites de edad, renovación automática, revocación unilateral y cualquier otra figura legal que limite el derecho a obtener una indemnización.
– Los trámites que se deben adelantar para obtener el pago del seguro de acuerdo con la clase de producto, indicando si este valor corresponde o no al valor real del interés asegurado en el momento del siniestro o al monto efectivo del perjuicio patrimonial sufrido por el asegurado.

– Los plazos y forma en que el asegurado debe acreditar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida y los derechos que surgen en el evento en de que la entidad aseguradora no pague la indemnización dentro del mes siguiente a dicha acreditación.

– Las figuras de coaseguro, subrogación y transmisión del interés asegurado, con sus consecuencias.

– El procedimiento para la devolución de primas en los casos en que se presenten las figuras de sobreseguro, disminución del interés asegurado o revocatorio del seguro.

– La obligación de declarar el estado del riesgo e informar acerca de las situaciones que impliquen modificación al mismo, con la aclaración de las consecuencias de la reticencia e inexactitud.

– Las condiciones del respectivo contrato de mutuo, el procedimiento a seguir por parte del consumidor financiero, así como las consecuencias que se generan respecto de la vigencia del contrato de seguro, en caso de incumplimiento de una de las cuotas.

– Los cargos que se generan por la utilización de los servicios de la compañía si los hay, los conceptos que se incluyen en la prima y si existen pagos adicionales por aspectos no contemplados de manera específica.

– Las entidades aseguradoras deberán suministrar a los consumidores la misma información que tengan en su sitio web.

– Tratándose de productos de seguros que se comercialicen mediante cualquier modalidad de mercadeo masivo, la entidad deberá asegurarse de que se suministre al consumidor financiero la información requerida en la circular.

-Crear un registro nacional de seguros de carácter público de fácil acceso para los consumidores, en que puedan verificar cuantos seguros hay asociados al Rut o nombre, que entregue información del monto, compañía, tipo de seguro, con información entregada por la industria.

Está claro que la capacidad de los gobiernos para regular y fiscalizar en la economía actual, son una de las debilidades a lo que estamos expuestos los consumidores, con entidades reguladoras que están más preocupadas de la estabilidad del sector de la economía que regulan, que de los efectos en los consumidores y ciudadanos. En la era de la economía globalizada, los ciudadanos han mostrado un creciente interés por las vulneraciones sociales y la defensa de sus derechos, esto ha incrementado la importancia de la labor de las asociaciones de consumidores.

Por esto es que las asociaciones de consumidores tenemos la obligación de promover y incentivar a las empresas a que desarrollen prácticas comerciales responsables y códigos de conductas éticas, sin embargo los consumidores también tenemos la necesidad de ser más críticos y conscientes en nuestras decisiones y actos diarios, que así como tenemos derechos igualmente poseemos deberes.

El dialogo de la sociedad civil organizada con las empresas es una oportunidad para mejorar los códigos de ética, la sensibilización, la educación de los consumidores y la reputación de las empresas etc. La autorregulación no es más que empresas responsables de hacer las cosas bien, respetando a los consumidores, ciudadanos y trabajadores.

Publicado por
Michelle Azuaje Pirela

¿Necesitas ayuda?

Entregamos asesoría legal gratuita, denuncia para proteger tus derechos.

Valentín Letelier #16, Santiago

[email protected]
+56 2 26960420

Agenda Conadecus