Noticia | 12 Septiembre 2011

TASA MAXIMA UZURA


TASA MÁXIMA: USURA LEGALIZADA
Por Ernesto Benado, Ex Director de Conadecus.
La llamada tasa de interés máxima convencional, que al 30 de Junio y desde el 12 de Junio es del 50% anual rige para los préstamos de consumo de menos de 200 UF (aprox. 4 millones 400 mil pesos).
Detrás de estas cifras está la verdadera razón y explicación del negocio – fraude de La Polar y que indirectamente ha afectado a todo el negocio de las grandes tiendas, de las tarjetas de crédito y especialmente a los consumidores. Chile es el único país en el mundo que permite, legalmente, cobrar 50% de interés anual, con una inflación que no llega al 4%.
El deudor se encontraba así con una deuda mayor que la original y a una tasa de interés tan alta que prolongaba la deuda casi de por vida. La recomendación que se daba al deudor era esperar la demanda judicial y concurrir al juzgado que lo citara por escrito, donde podría ofrecer al juez un abono de, por ejemplo, un 25% de la deuda original y cuotas que pudiera servir rigurosamente. Era el juez a quien correspondería fijar la tasa de interés y esa era siempre más baja que la máxima convencional.
La forma de determinar la tasa máxima está establecida en una ley del año 1981, dictada por la Junta Militar, cuando la inflación anual superaba el 25%.Ha sufrido modificaciones, pero no en el sistema de cálculo .La SBIF tiene la facultad de determinar cuál es la tasa promedio para cada tipo de préstamos, seguramente mirando la información publicada por los bancos y financieras. Según el Banco Central la tasa de interés anual promedio para préstamos de consumo fue al 15 de Junio de 28,16% y esto conduciría a una tasa máxima de 42% anual ¿de dónde sale la diferencia de 8% hasta el 50% máximo autorizado?
No hay una explicación clara por parte de la SBIF. Tampoco existe una explicación de por qué cuando la tasa de instancia del Banco Central baja, no bajan los intereses de los préstamos a los consumidores. Durante los años 2008 y 2009, el Banco Central redujo el costo del dinero a los bancos a casi cero y amplió a 6 meses el plazo de los préstamos. Las tasas de interés no cambiaron y la tasa máxima se mantuvo pegada al 50%.
Es cierto que el costo del dinero para La Polar, no era tan bajo como para los bancos. En la última emisión de bonos hecha el 16 de Diciembre recién pasado la empresa colocó la emisión serie D por un total de UF 5.000.000 a 10 años plazo a una tasa fija anual de 4,25%. Si le sumamos la inflación proyectada de un 4% anual, el costo apenas supera el 8% anual. Por algo gran parte de las utilidades en las tiendas del retail provienen del negocio financiero y no por el margen entre el costo de la mercadería y su precio de venta. En el caso de La Polar el 65% de sus utilidades declaradas provenía de la ganancia financiera. Con ligeras variaciones esa es la proporción en que las ventas a plazo y con tarjeta de crédito participan en las utilidades de todas las grandes tiendas. El caso de La Polar, agravado por las ilegales repactaciones automáticas, es un ejemplo más del abuso a que están sometidos los consumidores que recurren al crédito en tiendas y supermercados. El origen del abuso está en la posibilidad de cobrar altísimas tasas de interés tanto a los buenos pagadores como a los que caen en el atraso o mora.
Las estadísticas muestran que los consumidores chilenos son muy buenos pagadores. En promedio apenas un 4% de los tenedores de tarjetas de crédito se atrasan en sus pagos. En el caso de La Polar la morosidad a Diciembre del 2010 subió al 18,8%. Y se ocultó haciendo repactaciones automáticas sin la aprobación del deudor .Una deuda morosa se transformaba así en una deuda al día y pasaba a ser parte del activo de la empresa. Incluso se la podía traspasar a una empresa securitizadora, que garantizaba préstamos bancarios y emisión de bonos.
Esa altísima tasa máxima es la que estructura el sistema financiero chileno, favorece las utilidades crecientes de la banca ,impulsa la emisión masiva de tarjetas de crédito bancarias y no bancarias y crea la tendencia a favorecer el negocio financiero por encima de la fabricación o comercio de mercaderías.
Están dadas las condiciones para una reducción sustantiva de esa tasa máxima convencional, basándose en el costo efectivo del dinero, del riesgo del universo de préstamos de consumo y de una utilidad razonable para quienes hacen de Inversionistas en el mercado financiero. Si el incremento por sobre el interés corriente se reduce a un 30% , la nueva tasa máxima convencional para préstamos de consumo inferiores a 200 UF. no debiera superar el 30% anual , traer alivio inmediato a los consumidores endeudados y terminar con la usura legalizada. Si bien Dalmacia se disolvió, la ley establece que las sociedades anónimas mantienen su personalidad jurídica para efectos de su liquidación, por ende, todavía podría vender la bodega.

Publicado por
Alejandro Calvillo

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