Noticia | 3 Enero 2024

Admisión 2024: Revisemos el derecho a retracto en la educación superior

Son muchos los cambios en educación para los últimos años, desde que la PSU se convirtió a PAES también hubo cambios en la protección de los consumidores.

Vamos paso a paso, el derecho a retracto beneficia a aquellos estudiantes de primer año que se matricularon en alguna institución de educación superior y quieran cambiarse.

Esto puede ocurrir tras conocer los resultados de las postulaciones al nuevo Sistema de Acceso a la Educación Superior, cuyo resultado será confirmado este 16 de enero.

Desde la Ley de Protección a los Consumidores (LPDC), rige la norma del derecho a retracto por 10 días desde la fecha de las postulaciones.

Es decir, cada consumidor podrá ejercer su derecho a retracto y recibir de vuelta sus matrículas hasta el 26 de enero.

Para ejercer el retracto los alumnos deben presentar el comprobante de la segunda matrícula e idealmente una carta de retracto.

Este derecho llega en beneficio de los estudiantes de primer año de una carrera de pregrado de una Universidad, Centro de Formación Técnica o Instituto Profesional.

En esta oportunidad, el derecho a retracto aplica para los estudiantes que se hayan matriculado anticipadamente en otra institución y que quieran cambiarse.

Muchas veces esto ocurre luego de conocer los resultados de las postulaciones a las universidades que forman parte del nuevo Sistema de Acceso a la Educación Superior.

En resumen

El retracto puede ser ejercido por los estudiantes matriculados para el año 2023, o quien hizo efectivo el pago en su representación, no importando el tiempo transcurrido previo a la publicación de los resultados del sistema de acceso.

La institución de educación superior debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto.

La casa de estudios sólo podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.

Revisemos los pasos

El primer paso es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.

Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. Los usuarios pueden acceder a un formato de carta en la web de Sernac o en www.sesuperior.cl

Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.

Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, es una infracción.

Si la respuesta es negativa, presentar el reclamo ante la SES en www.sesuperior.cl o en el Sernac.

 

Publicado por
Conadecus

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