Noticia | 21 Octubre 2022

“Anomalía procesal” en causa de gas natural licuado extiende juicio contra la Comisión Nacional de Energía

La acusación de atentar contra la libre competencia expone a la Comisión Nacional de Energía (CNE) a multas de hasta 45 millones de dólares, según el Decreto Ley N°211.

Para resumir, el conflicto del despacho forzado y el costo cero del gas inflexible (se refiere a que las generadoras que operan unidades a gas natural licuado, GNL) implica encarecer las operaciones de energía limpia, debido a la exención en demasía de costos para la generación eléctrica a base de GNL.

 

Chile es uno de los países cuyo compromiso con la descarbonización avanzó con rapidez, cumpliendo las metas propuestas en la campaña por descontaminar la producción eléctrica.

Cierres y conversiones de plantas como Angamos y Ventanas permitirán al país acercarse a un nivel de energías renovables que disminuirá considerablemente la contaminación.

Según el abogado externo de Conadecus, Mario Bravo, la CNE estaría favoreciendo el ingreso forzado de combustibles fósiles para la generación de electricidad, siendo contradictorio con el plan de descarbonización.

“Más allá de constituir una contradicción frente a la descarbonización, implica un atentado a la libre competencia, que debe ser sancionado de conformidad por la normativa de defensa de la libre competencia”, asegura Bravo.

“Desarrollar energías renovables es crucial para alcanzar el desarrollo sustentable que urge en nuestro planeta, el calentamiento global es una realidad y Chile no debe quedar atrás en el desarrollo de medidas que no solo cuidarán nuestro territorio, sino también al mundo”, señala Hernán Calderón, presidente de Conadecus.

Asimismo, el presidente de la Corporación señala que medidas como el “costo cero” en la importación de gas promueve competencia desleal, impidiendo al productor elegir opciones renovables frente a las contaminantes, discriminando por los costos operativos sin priorizar el avance sustentable.

Por otro lado, el máximo tribunal, determinó de forma unánime, que el Tribunal de Defensa  de la Libre Competencia (TDLC) incurrió en una anomalía, que pretendía poner fin al proceso, señalando que debe ser corregida para efectos de continuar con el juicio.

Es decir, la Corte Suprema ordena al TDLC continuar el procedimiento contra la CNE debido a las faltas de competencia entre energías contaminantes, debido al bajo costo de importación, frente a las renovables cuyo costo operativo no tiene los mismos beneficios.

Publicado por
Conadecus

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