| 7 Diciembre 2022

Acuerdo conciliatorio Conadecus con Ski La Parva S.A.

Acuerdo conciliatorio Conadecus con Ski La Parva S.A.

Causa Rol C – 2810 – 2021

2° Juzgado Civil de Santiago

 

El 18 de marzo de 2021, CONADECUS presentó una demanda por infracciones a la Ley N˚ 19.496  sobre protección de los derechos de los consumidores y en defensa del interés colectivo de estos, en contra de Ski La Parva S.A. Dicha acción tiene por fundamento la ausencia de apertura del centro de Ski La Parva durante los fines de semana del año 2020 con motivo de la crisis sanitaria derivada del Covid-19, habiendo los consumidores adquirido tickets anuales que contemplaban la asistencia de lunes a domingo. 

La demanda dio lugar a una serie de negociaciones entre CONADECUS y Ski La Parva S.A., las que -luego de varias reuniones- han llegado al siguiente acuerdo que pone término al juicio:

 

Consumidores Beneficiados:

La Parva pagará una compensación, según se detalla a continuación, a todos los consumidores que adquirieron pases “black pass” para la temporada de Ski 2020 a título oneroso. Para conformar los grupos de consumidores, se ha distinguido según los siguientes criterios:

  1. Si tienen fijado su domicilio fuera o dentro de la región Metropolitana.
  2. Si adquirieron pase de temporada o “black pass” para el año 2021.
  3. Si dicho pase para la temporada 2021 fue adquirido con o sin la aplicación de un descuento en razón de la garantía de nieve ofrecida por la Parva.  

De esta manera, los grupos de consumidores beneficiados por este acuerdo, se conformarán de la siguiente forma, correspondiéndoles la compensación que se indica:

  1. Grupo 1: Consumidores con domicilio fuera de la región Metropolitana que no adquieren pase de temporada para el año 2021.

Todos aquellos consumidores que adquirieron pases de temporada 2020 denominado “black pass”, teniendo domicilio fuera de la región Metropolitana y que no adquirieron un pase de temporada para el año 2021.

La compensación para este grupo podrá ser, alternativamente y a elección del consumidor: 

  1. entrega gratuita de un “black pass” para la temporada 2023 sin pago alguno, o,
  2. devolución de un 50% del precio pagado en el pase “black pass” adquirido para la temporada 2020.

 

  1. Grupo 2: Consumidores con domicilio fuera de la región Metropolitana que adquiere pase de temporada para el año 2021 con 40% de descuento.

Todos aquellos consumidores que adquirieron pases de temporada 2020 denominado “black pass”, teniendo domicilio fuera de la región metropolitana y que adquirieron un pase de temporada para el año 2021 con un 40% de descuento al haberse aplicado la cláusula de garantía de nieve por esquiar 10 días o menos.

La compensación para este grupo podrá ser, alternativamente y a elección del consumidor: 

  1. entrega gratuita de un “black pass” para la temporada 2023 sin pago alguno, o, 
  2. devolución de un 30% del precio pagado en el pase “black pass” adquirido para la temporada 2020.

 

  1. Grupo 3: Consumidores con domicilio dentro de la región Metropolitana que adquiere pase de temporada para el año 2021 sin descuento por garantía de nieve, al esquiar 10 o más días.

Todos aquellos consumidores que adquirieron pases de temporada 2020 denominado “black pass”, teniendo domicilio dentro de la región metropolitana y que adquirieron un pase de temporada para el año 2021 sin descuento de garantía de nieve al haber esquiado a lo menos 10 días. 

La compensación para este grupo consistirá en un descuento de un 30% en el pase “black pass” para la temporada 2023.

 

  1. Grupo 4: Consumidores con domicilio dentro de la región metropolitana que no adquiere pase de temporada para el año 2021.

Todos aquellos consumidores que adquirieron pases de temporada 2020 denominado “black pass”, teniendo domicilio dentro de la región metropolitana y que no adquirieron un pase de temporada para el año 2021. 

La compensación para este grupo consistirá en un descuento de un 35% en el pase “black pass” para la temporada 2023.

 

  1. Grupo 5: Consumidores con domicilio dentro de la región metropolitana que adquiere pase de temporada para el año 2021 con descuento por garantía de nieve de 40%.

Todos aquellos consumidores que adquirieron pases de temporada 2020 denominado “black pass”, teniendo domicilio dentro de la región metropolitana y que adquirieron un pase de temporada para el año 2021 con descuento de un 40% al haberse aplicado la garantía de nieve. 

La compensación para este grupo consistirá en un descuento de un 20% en el pase “black pass” para la temporada 2023.

 

¿Cuál será el mecanismo?

Para la aplicación de estas compensaciones, Ski La Parva contactará a todos y cada uno de los consumidores beneficiarios, de acuerdo al grupo que les corresponda. Para esto, tomará contacto telefónico y enviará correos electrónicos informando de los términos del acuerdo a los consumidores de los cinco grupos conformados al efecto. 

La compensación entregada por La Parva sólo podrá ser utilizada por el consumidor beneficiario. No obstante, una vez adquirido el pase “black pass” para la temporada 2023, el consumidor podrá ceder su pase, para lo cual deberá dar aviso de esta situación a Ski La Parva.

Plazo: los consumidores beneficiarios tendrán un plazo de 90 días para adquirir el black pass para la temporada 2023, esto es, hasta el día 19 de febrero del año 2023.

 

¿Qué pasa si no me contactan o no me encuentro dentro del catastro?

En el caso que un consumidor señalara ser parte del universo de consumidores beneficiados con el presente acuerdo en cualquiera de sus grupos, pero no se encontrara catastrado por La Parva, la aplicación del beneficio será revisada por una comisión integrada por un miembro nombrado por CONADECUS y un miembro nombrado por La Parva. 

El consumidor deberá presentar todos los antecedentes que den cuenta de haber adquirido un ticket “black pass” para la temporada 2020 a título oneroso. La comisión deberá dar respuesta al consumidor sobre si cumple con los requisitos para acceder al presente acuerdo de forma fundada, en un plazo máximo de 10 días corridos contados desde su presentación. En el caso de cumplir los requisitos, el consumidor pasará a formar parte de la nómina de Consumidores Beneficiados en el grupo que corresponda. 

 

Declaración de Confidencialidad

De conformidad a los dispuesto por la ley 19.628 sobre protección de datos, la nómina de consumidores beneficiarios, así como la nómina de aquellos que pudieran reclamar por no haber sido considerados en un inicio como consumidores beneficiarios, así como toda la información recibida como consecuencia de este procedimiento, quedará sujeta a estricta confidencialidad, pudiendo acceder a ella Ski La Parva S.A., CONADECUS y el Tribunal.

Publicado por
Michelle Azuaje Pirela

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