Noticia | 5 Agosto 2022

Conadecus entrega recomendaciones previo al “Dia del Niño y la Niña”

La Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (CNC) anunció que el Día del Niño 2022 en Chile se celebrará el domingo 7 de agosto, un día dedicado por todos a celebrar y regalonear a los más pequeños de la casa, además de proteger y defender los derechos de la infancia.

En Conadecus queremos recordarte que Ley del Consumidor establece el derecho a la seguridad en el consumo obliga a las empresas a ofrecer productos y servicios que no dañen la salud de las personas o que impliquen algún riesgo.

Los consumidores confían en que adquieren productos de calidad, seguros y que los recibirán en los tiempos comprometidos, y eso exactamente es lo que deben recibir. En este contexto, la recomendación es siempre evitar comprar productos en el comercio informal, pues presentan riesgos para los niños porque pueden contener elementos tóxicos o no cumplir con las advertencias mínimas, además, en caso de fallas, no tienes a quién reclamar.

Existe un Reglamento de Juguetes, el cual establece una serie de exigencias que deben cumplir las empresas comercializadoras de estos productos.

Por ejemplo:

  • Identificar el fabricante o importador
  • El país de origen
  • Si el juguete contiene partes pequeñas que puedan provocar un riesgo de asfixia
  • Advertencias claras, si existe algún riesgo en su uso
  • La edad recomendada
  • El rotulado debe estar en castellano

Asimismo hay que recordar que derecho a la Garantía Legal implica que los consumidores pueden exigir el cambio, la reparación o devolución de lo pagado durante los seis primeros meses desde la compra cuando el producto presenta fallas y la causa no es de su responsabilidad.

Además, si compras por Internet, recuerda que desde el 24 de marzo está vigente el Reglamento de Comercio Electrónico,  norma que establece una serie de exigencias para las empresas y que asegura un servicio de calidad para los consumidores.

El reglamento establece que:

  • Las empresas informen previamente cuánto terminarán pagando los consumidores y el plazo de entrega del producto.
  • Regula temas relativos al despacho. Por ejemplo, las empresas deben indicar el costo total del despacho o entrega, de forma desglosada del precio del producto; la fecha en que el producto estará disponible para su retiro si corresponde; o rango de tiempo que tardará su entrega o despacho, indicando, por ejemplo, si se trata de días hábiles o corridos.
  • Las empresas están obligadas a informar la inexistencia de stock de los productos. Es decir, establece el deber de informar que no existen unidades disponibles para compra antes de la compra, con el propósito de poner fin a la anulación de venta por falta de stock.
  • Obliga a las empresas a informar expresamente las referencias de los productos, como, por ejemplo, las dimensiones, el color, el peso, el número de unidades que lo componen, el material, las restricciones de uso y los cuidados relevantes.
  • Exige a las empresas a informar sobre la existencia o no del derecho a retracto, de acuerdo a lo que indica la Ley del Consumidor.
    • Esto implica que las personas pueden arrepentirse en compras electrónicas, telefónicas o por catálogos dentro de los 10 días siguientes desde que recibió el producto o contrató el servicio. También se extiende este derecho a las compras presenciales en que el consumidor no tuvo acceso directo al producto.
    • Tras la modificación a la Ley del Consumidor de diciembre pasado, sólo se podrá excluir el derecho de retracto respecto de productos que por su naturaleza no puedan devolverse o pueden caducar con rapidez y ciertos servicios. Pero en esos casos las empresas están obligadas a informarlo claramente, de forma destacada y fácilmente accesible, con el fin que las personas sepan de antemano, antes de realizar la transacción sobre la existencia de este derecho.
  • Contactabilidad de las empresas por parte de las personas, estableciendo reglas respecto de la individualización del proveedor y el operador de plataforma, debiendo informar claramente la forma de contacto para que los consumidores puedan realizar preguntas y resolver problemas.

Hernán Calderón, presidente de Conadecus señaló “la recomendación es no comprar productos en el comercio informal, ya que presentan riesgos para los niños y niñas porque pueden contener elementos tóxicos, además, en caso de fallas, no tienes a quién reclamar. El llamado es a comprar en el comercio establecido y si no quedan conforme con el producto pueden ejercer el derecho a la garantía legal que aumento a seis meses”.

 

Fuente: Cámara Nacional del Comercio, Sernac, Ley Pro Consumidor

Publicado por
Conadecus

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