Noticia | 13 Julio 2020

Conadecus sobre el plan de apoyo a la “Clase Media”

Santiago, 13 de julio de 2020.- En los días recientes el Presidente Sebastián Piñera anunció un “Plan de Apoyo a la Clase Media”, que en lo sustancial consiste en la aplicación de créditos con tasas de interés reducidas y largos plazos (incluyendo un plazo de gracia) y postergación de dividendos, además de una pequeña ampliación al programa de subsidios para arriendo.

En opinión de Conadecus, que el apoyo a la clase media se sustente esencialmente en créditos para aliviar los efectos adversos de la crisis, en vez de transferencias o subsidios directos, apunta en la dirección correcta, ya que ello permite que los subsidios con recursos del Estado –sin reembolsos futuros– se concentren en los sectores más desposeídos. Sin embargo, a objeto de que las condiciones requeridas para el acceso a dichas facilidades, así como los costos de los mismos permitan obtener la eficacia y eficiencia que se espera del programa, consideramos imprescindible establecer las siguientes condiciones que se indican, para cada una de las cuatro medidas enunciadas:

1.- Créditos blandos. Estos créditos consisten en instrumentos financiados y administrados por el Estado, para empleados o emprendedores individuales que hayan tenido disminuciones de sus ingresos; estos créditos tendrán una tasa de interés real cero (es decir, con un interés equivalente sólo a la inflación o variación de la UF), por montos equivalentes hasta el 70% de la pérdida de ingresos de los empleados o emprendedores.

Para esta medida, al igual que para los créditos anteriormente aprobados para las PYME, y considerando que la pérdida de ingresos debiera calcularse en relación a un período de normalidad, resulta imprescindible que los “ingresos de normalidad” se determinen sobre la base de un período previo (por ejemplo un año) no solo al inicio de la pandemia, sino que también al denominado “estallido social”. Es decir, el período de comparación debiera ser anterior a Octubre de 2019.

2.-Postergación de dividendos Esta postergación consiste en diferir el pago de los dividendos hipotecarios hasta por seis meses, de modo que las cuotas postergadas sean pagadas al término de la vigencia actual del crédito. Esta postergación de pagos, que naturalmente debe ser asumida por los 2 bancos, incluiría una garantía estatal y según la propuesta sólo podrá ser utilizada para viviendas de valor menor a UF 10.000 y que no tengan una mora superior a 29 días.

En nuestra opinión, exigir que los deudores beneficiados no tengan una mora superior a 29 días, en la práctica sería limitar ese beneficio sólo a aquellas personas que a la fecha del acuerdo de postergación se encuentren prácticamente al día en sus obligaciones, lo que resta toda eficacia a esta medida, por cuanto es previsible que, en la gran mayoría de los casos, las pérdidas de ingresos, y en consecuencia, la imposibilidad de mantener al día sus obligaciones, provenga desde antes del inicio de la pandemia, y en algunos casos probablemente también desde poco después del denominado “estallido social” de Octubre de 2019.

En consecuencia, para que esta medida tenga también la efectividad requerida, es imprescindible que se considere que la mora no superior a 29 días se entienda a contar de Octubre 2019. En otras palabras, que conjuntamente con la postergación de los dividendos de los próximos seis meses posteriores al convenio, se agreguen también los eventuales dividendos impagos desde Octubre de 2019.

Por otra parte, se ha propuesto también que la postergación de los dividendos se haría hasta el término del pazo original de la deuda y estaría sujeta a una tasa de interés real cero (que hoy corresponde aproximadamente a un 3% nominal anual, por inflación o variación de la UF).

En la medida en que para efectos de compensar la menor liquidez de los bancos, producto de la postergación de dividendos, se amplíen las líneas de crédito del Banco Central hacia aquellos, estimamos de plena justicia que los dividendos postergados queden sujetos a la misma tasa de interés equivalente que aplique el Banco Central a la banca (que actualmente es de un 0,5% nominal anual); de otro modo, la banca estaría lucrando inmerecidamente sobre la base de la crisis actual.

En cuanto a la garantía estatal, es preciso destacar que los riesgos de estos créditos fueron originalmente evaluados por los mismos bancos (y entre los riesgos siempre están las catástrofes, como la que estamos viviendo, aunque sean de baja probabilidad) y, en consecuencia, no corresponde ahora traspasar el riesgo de no pago al Estado.

Es preciso considerar, además, que la sola postergación de dividendos ya beneficia de manera significativa a los bancos, al disminuir el riesgo de deudas incobrables que, en caso de masificarse, harán imposible su recuperación mediante la simple ejecución de garantías, pasando en consecuencia a constituir deudas castigadas que se reflejarían como pérdidas de los bancos.

También estimamos conveniente que se deje a opción del deudor, sin requerir evaluación previa del banco, que los dividendos postergados sean pagados luego del término plazo original, o bien que sean prorrateados en el plazo residual de la deuda. Por otra parte, entendemos que la pérdida de ingresos por parte de la clase media, no sólo afecta la capacidad de pago de los dividendos hipotecarios, sino que también a créditos de consumo, automotrices u otros financiados por la banca, por lo que estimamos que debieran también acogerse a similares medidas, precisamente para evitar un colapso financiero.

3.-Subsidio para arriendos. El subsidio para arriendos consistente en la ampliación del actual programa de subsidios de esta especie, de $150 mil por tres meses para familias de ingresos medios y bajos que hayan experimentado una caída en sus ingresos. Consideramos que este programa es de escasa relevancia por su magnitud y cobertura; no obstante, recomendamos evitar trámites engorrosos para su aplicación, y especificar su forma de pago (al beneficiario, o a su arrendador), de manera de desincentivar los procesos judiciales de desalojo por arriendos impagos. También cabe la posibilidad de renovar esos subsidios por otros tres meses, y así sucesivamente, mientras se mantenga el actual Estado de Catástrofe.

4.- Créditos con aval del Estado. Estos créditos consisten en la ampliación del actual programa de créditos con aval del Estado (CAE), para estudiantes de la educación superior, que hoy cuenta con una una tasa de interés preferencial del 2% real anual (UF más 2%). Cabe señalar que la medida propuesta no parece representar sólo un alivio restringido a la crisis actual, sino que a al parecer pretende extender la cobertura de este financiamiento para el resto de la educación superior. La eficacia de esta medida dependerá fundamentalmente de la facilidad del proceso de postulación, y en cuanto a la tasa de interés aplicable, estimamos conveniente y de justicia que ella quede asociada al “costo de fondos” de los bancos, que según entendemos, es actualmente inferior al 2% real anual. Una tasa de interés equivalente al verdadero costo de fondos resulta indispensable en el momento actual, dado que el aval del Estado prácticamente elimina el riesgo de crédito.

También nos parece indispensable revisar y flexibilizar el mecanismo que hoy existe para suspender los pagos en caso de cesantía del profesional, ya que el actual parece sumamente burocrático y crítico, al punto que en la práctica dificulta su aplicación.

Por último, conscientes de que estas medidas igualmente resultarán insuficientes para solucionar todas las angustias económicas de la clase media, agravadas por la pandemia, y también conscientes de que el Sistema de Capitalización Individual de AFP ha demostrado sobradamente que no siempre puede garantizar pensiones dignas a la gran mayoría de los trabajadores, estimamos que la ayuda a la clase media debiera complementarse con la posibilidad de retiros de fondos desde las AFP.

Los efectos de la pandemia, con toda seguridad, generarán una crisis económica no vista en Chile ni en el mundo en los últimos 100 años. Existe consenso en que los ahorros acumulados podrían ser especialmente útiles para utilizarlos en momentos de crisis. Hoy es necesario “quebrar el chanchito”, pero no solo de la alcancía del Estado –que no será suficiente–, sino que también de los fondos de pensiones.

La crisis actual lo amerita sin duda alguna.

Publicado por
Conadecus

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