Noticia | 10 Marzo 2020

Este martes comenzó a regir el “Derecho a Retracto” en la educación superior

Santiago, 10 de marzo de 2020.- Este martes comenzó a regir el derecho a retracto en la educación superior. El plazo para realizar dicha gestión va desde este martes 10 hasta el próximo jueves 19 de marzo.

El Derecho a Retracto beneficia a aquellos estudiantes de primer año que se inscribieron en forma previa a alguna institución de educación superior y que quieran cambiarse luego de conocer los resultados de las postulaciones a las universidades que forman parte del Sistema de Admisión Universitaria (SUA).

El derecho a Retracto está incluido en la Ley del Consumidor y establece que tras conocerse la publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores, comienza a regir el plazo de 10 días corridos para ejercer el derecho a retracto, el cual es válido para todas las instituciones de educación superior del país. Rige para universidades, centros de formación técnica e institutos profesionales.

El presidente de Conadecus, Hernán Calderón fue enfático al señalar,”al igual que en años anteriores, esperábamos que el plazo del derecho a retracto fuera ampliado a 30 días, ya que el tiempo de reflexión es muy breve para una decisión que implica tu futuro laboral, por eso la importancia de la ampliación del plazo. El derecho a retracto señalado en la ley del consumidor favorece solo a los planteles educacionales pertenecientes al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, CRUCH, por lo cual los estudiantes deben tener claridad a la hora de ejercer este derecho. En ningún caso las instituciones educacionales podrán retener los dineros pagados ni documentos o créditos de pago”.

Según establece la legislación, el derecho a retracto aplica, aunque los estudiantes se hayan matriculado con meses de anticipación al plantel.

PASOS A SEGUIR

  • El primer paso es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.
  • Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha.
  • Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.
  • Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite, no se ha recibido la devolución del dinero, es una infracción.

¿QUÉ IMPLICA EL DERECHO A RETRACTO?

  • El establecimiento no puede cobrar por los servicios respecto de los cuales el alumno se desistió.
  • Debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto.
  • La institución sólo podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración

Publicado por
Conadecus

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