Noticia | 10 Enero 2020

Campaña: No + Deudas, la información que necesitas conocer

Santiago, 10 de enero de 2020.- CONADECUS lanzó la campaña #NO+DEUDAS para enfrentar el masivo sobre endeudamiento de los chilenos, luego de que el Banco Central informara que la deuda llegó a los niveles más altos desde que se tiene registro, un 75% del ingreso familiar promedio está destinado a pagar créditos de consumo, automotriz e hipotecario, que son los que mantienen las tasas de sobreendeudamiento, que supera los 5 millones de personas.

La idea es que aquellos que se sientan identificados con la campaña #NO+DEUDAS puedan inscribirse en nuestra página www.conadecus.cl, tras llenar un breve formulario que lo identifica y categoriza según el tipo de deuda.

Los datos serán analizados y cotejados por una aplicación intranet que se desarrollará después del formulario, el fin de esto es:

  • Unir a los deudores según el tipo de deuda.
  • Proponer cambios legislativos que favorezcan a los ciudadanos ante el gobierno y legisladores.
  • Buscar soluciones directas con los acreedores.
  • Interactuar con el gobierno para solucionar el sobreendeudamiento de los chilenos.
  • Asesorar y orientar a los ciudadanos para enfrentar las cobranzas judiciales, embargos y remates.

La campaña #NO+DEUDAS, permanecerá abierta hasta marzo de 2020. Una vez cerrada la campaña y tabulada la información, se iniciará la fase dos, enfocada a negociar con las entidades acreedoras.

Consejos y Derechos:

1) Tiene derecho a que la empresa de cobranza no realice amenazas ilegítimas o le envíe escritos que parezcan demandas judiciales para exigir el pago.

Para reconocer una demanda judicial, sepa que el documento debe tener el número de rol de la causa en un extremo superior, el nombre del juzgado civil que lleva la cobranza judicial, individualización de la empresa demandante e individualización del demandado, y el procedimiento.

Cualquier escrito que llegue por correo y parezca demanda, verifíquelo en tribunales utilizando su número de RUT. La demanda judicial, se le debe comunicar a través de un funcionario del juzgado (receptor judicial) y no a través del correo.

2) Las empresas no pueden enviar comunicaciones o hacer llamados telefónicos a personas que no estén involucrados en la deuda (jefe, familiares, vecinos etc.) o cobros fuera de los días y horas hábiles legales, es decir, de lunes a sábados, de 8 a 20 horas.

3) Tiene derecho a que se respete la privacidad de su hogar, la convivencia normal de su entorno personal o su situación laboral.

4) Tiene derecho a que las empresas respeten los montos máximos a aplicar por concepto de intereses (no sobrepasar la Tasa Máxima Convencional*) y gastos de cobranza.

5) Pasados 15 días corridos, desde la fecha de vencimiento de la deuda, se comienzan a devengar gastos de cobranza; los consumidores tienen derecho a que dichos gastos no superen los límites que establece la Ley. Estos son:

– Un 9%, para las deudas o cuotas de hasta 10 UF

– Un 6%, para la parte de la deuda que exceda de 10 y hasta 50 UF

– Un 3% para el monto que supere las 50 UF

6  )Si le cobran extrajudicialmente, tiene derecho a pagar directamente al acreedor el total de la deuda vencida o las cuotas impagas (incluyendo los gastos de cobranza que procedan).

7) La normativa se aplica a todos los créditos otorgados por bancos, financieras, casas comerciales u otros otorgantes de créditos (farmacias, supermercados, cooperativas etc).

8) Si la empresa con la que mantiene la deuda impaga hace efectivos los gastos de cobranza antes de los 15 días de vencimiento de la obligación; exige más de los porcentajes establecidos por ley o realiza procedimientos abusivos de cobranza, está cometiendo una infracción que puede ser sancionada por los tribunales competentes.

La Tasa Máxima Convencional (TMC) se fija mensualmente por la autoridad en base al interés corriente. La TMC no puede exceder en más de un 50% del interés corriente. Actualmente la tasa del TMC es de un 4.09%.

 ¿Cómo se calculan los intereses y gastos de cobranza’

  1. Si se atrasa entre 1 a 15 días su pago estará compuesto por: Valor cuota + interés moratorio (no paga gastos de cobranza)
  1. Si se atrasa más de 15 días su pago estará compuesto por: Valor cuota + interés moratorio + gastos de cobranza.
  1. El valor cuota está siempre compuesto por: Parte del capital + interés del crédito

 

Publicado por
Conadecus

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