Noticia | 6 Mayo 2020

Proyecto de Ley que limita la responsabilidad de los usuarios bancarios, pasó su tramitación en el Tribunal Constitucional y se convertirá en ley

Santiago, 6 de mayo de 2020.-La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, CONADECUS, recurrió la semana pasada al Tribunal Constitucional con un “téngase presente” (Rol: 8640_20 CPR) para que el Tribunal considere que está conforme a la Constitución el artículo 5 que establece la obligación de restituir los dineros a los usuarios ante un fraude. Dicha acción buscaba apoyar el proyecto emanado del Congreso Nacional y oponerse a la declaración de inconstitucionalidad requerida por la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras. Hoy fue dictada la sentencia por el Tribunal Constitucional, en la cual sólo analizó las normas que el Congreso Nacional señaló como propios de Ley Orgánica Constitucional, declarándolas constitucionales.

Para Hernán Calderón, presidente de Conadecus esto demuestra un gran avance en la protección de los derechos de los consumidores, “porque ante los fraudes bancarios los consumidores van a ser inmediatamente indemnizados porque se trata en una falla en el deber de seguridad del banco”.

Antonio Olivares, abogado de Conadecus indicó “esta sentencia del Tribunal Constitucional es  satisfactoria porque solamente se remitió a controlar las normas del proyecto que son las que por ley que les corresponde controlar y no, como lo quería la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF),  que se revisaran otras normas que están fuera de su competencia y que, además, son completamente acorde a la Constitución”

La modificación legal viene a regular lo que los Tribunales han ido acogiendo y la interpretación constante del Sernac y las Asociaciones de Consumidores, “los fraudes bancarios son responsabilidad de los bancos en tanto corresponde a una infracción al deber de seguridad en los servicios que prestan a sus clientes”.

Link: Sentencia Rol 8640-2020 CPR

Publicado por
Conadecus

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