Protección de datos personales: postergación de la nueva ley retrasa el fortalecimiento de los derechos de los consumidores

El Senado aprobó aplazar hasta el 15 de octubre de 2027 la entrada en vigencia de la Ley N.º 21.719, que establece nuevas obligaciones para quienes recopilan y utilizan datos personales. La iniciativa deberá continuar su tramitación en la Cámara de Diputadas y Diputados, mientras persiste el desafío de garantizar una mayor protección de la información de las personas.

La protección de los datos personales es también una dimensión fundamental de los derechos de los consumidores. Cada vez que una persona realiza una compra por internet, utiliza una aplicación, solicita un crédito o entrega sus antecedentes para acceder a un servicio, comparte información que puede ser recopilada, almacenada y utilizada por empresas e instituciones.

En este contexto, la decisión del Senado de postergar la entrada en vigencia de la nueva Ley de Protección de Datos Personales abre nuevamente el debate sobre los plazos para implementar una regulación que busca fortalecer el control de las personas sobre su información.

La Sala del Senado aprobó el miércoles 28 de octubre, por 33 votos a favor y seis en contra, modificar el calendario de implementación de la Ley N.º 21.719, cuya entrada en vigencia estaba prevista originalmente para el 1 de diciembre de 2026. La propuesta fija como nueva fecha el 15 de octubre de 2027 y ahora deberá ser revisada por la Cámara de Diputadas y Diputados. Fuente: Emol.

¿Qué significa esta postergación para los consumidores?

La Ley N.º 21.719, publicada en diciembre de 2024, moderniza las normas sobre protección y tratamiento de datos personales y contempla la creación de una Agencia de Protección de Datos Personales, organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de la normativa y aplicar las sanciones correspondientes.

Entre los cambios que incorpora, la legislación reconoce mayores herramientas para que las personas puedan ejercer control sobre su información. Esto incluye solicitar acceso a sus datos, rectificarlos, pedir su supresión cuando corresponda, oponerse a determinados tratamientos, solicitar su bloqueo y ejercer el derecho a la portabilidad en los casos previstos por la ley.

Para los consumidores, estas herramientas son relevantes frente al uso de información personal en el comercio electrónico, la publicidad dirigida, los programas de fidelización, las plataformas digitales y los servicios financieros.

La postergación implica que estas nuevas disposiciones no comenzarían a regir en la fecha originalmente prevista, si la modificación es aprobada definitivamente. Por ello, resulta importante distinguir entre los derechos que contempla la nueva legislación y las protecciones que ya existen bajo el marco normativo vigente.

El desafío de proteger la información en una economía digital

La información personal se ha convertido en un recurso relevante para el funcionamiento de numerosos mercados. Los datos sobre hábitos de compra, preferencias, ubicación y comportamiento digital pueden utilizarse para personalizar ofertas, segmentar publicidad y desarrollar estrategias comerciales.

Sin embargo, cuando las personas desconocen qué información se recopila, con qué finalidad se utiliza o con quién se comparte, se dificulta el ejercicio de sus derechos y la toma de decisiones informadas.

Desde una perspectiva de protección al consumidor, la transparencia en el tratamiento de los datos es esencial para que las personas comprendan las condiciones bajo las cuales contratan servicios y entregan sus antecedentes. También es importante que existan mecanismos efectivos para reclamar cuando el uso de esa información vulnera sus derechos.

En este escenario, la implementación de una institucionalidad especializada constituye uno de los principales desafíos de la reforma.

La Agencia de Protección de Datos Personales, una pieza clave

Uno de los argumentos del Ejecutivo para solicitar la postergación fue la necesidad de contar con tiempo suficiente para instalar la Agencia de Protección de Datos Personales y permitir que su consejo directivo establezca criterios para la aplicación de la normativa.

El proyecto aprobado por el Senado también aumenta de tres a cinco el número de integrantes del consejo, quienes ejercerían por seis años sin posibilidad de reelección, con renovaciones parciales cada dos años.

La discusión no se limita, por tanto, al plazo de entrada en vigencia. También involucra la preparación de las instituciones, la definición de criterios de fiscalización y la capacidad de hacer cumplir las obligaciones que establece la ley.

El desafío será que este tiempo adicional permita avanzar efectivamente en la implementación, sin que la postergación se traduzca en una demora innecesaria en el fortalecimiento de la protección de las personas.

Información y derechos de los consumidores

Mientras continúa la tramitación legislativa, es importante que los consumidores mantengan una actitud informada respecto del uso de sus datos personales. Revisar las políticas de privacidad, conocer los permisos que se conceden a las aplicaciones y evaluar qué información se entrega al contratar un servicio son medidas que pueden contribuir a una mayor protección.

La discusión sobre esta ley recuerda que los derechos de los consumidores no se limitan al precio, la calidad o la seguridad de los productos y servicios. También comprenden los desafíos que surgen cuando las relaciones de consumo se desarrollan en entornos digitales y requieren compartir información personal.

La protección de los datos personales es un componente cada vez más relevante de la confianza en los mercados. La implementación efectiva de la nueva normativa deberá traducirse en herramientas comprensibles, mecanismos de reclamación accesibles y una fiscalización capaz de responder a los riesgos que enfrentan las personas en el entorno digital.

Fuente: Emol, 29 de octubre de 2026; Senado de la República de Chile.