Noticia | 16 Enero 2014

Conadecus apoya inconstitucionalidad de Reglamento de Consentimiento Expreso

A un mes de la fecha para la publicación en el Diario Oficial del reglamento sobre manifestación expresa de la aceptación del consumidor en contratos de adhesión de productos y servicios financieros, un grupo de diputados presentó ayer un nuevo requerimiento de inconstitucionalidad contra el decreto 153 del Ministerio de Economía.
Este requerimiento cuestiona el hecho que se haya reglamentado materia que debió abordarse a través de un proceso legislativo y se suma al presentado el pasado 20 de diciembre por diputados de la Nueva Mayoría y que ayer tuvo su audiencia pública en el Tribunal Constitucional.
En esta audiencia expusieron a favor de requerimiento, Marco Zepeda, director de Conadecus (abogado), la Fundación Chile Ciudadano, la Acompi, el abogado William García en representación de los senadores PPD Eugenio Tuma, Guido Girardi y Jaime Quintana.
En cambio, argumentaron a favor del reglamento la Asociación de Bancos y una académica de la Universidad Diego Portales.
La versión oficialista es que los consumidores ahora podrían “consentir” o no a un cambio en el contrato por parte del proveedor o institución financiera, lo cual sería un gran avance.
Contrariamente, desde Conadecus se ha señalado en forma persistente que el “Borrador de Reglamento” permitiría dejar sin efecto un contrato si el consumidor rechaza el aumento de comisiones propuestas unilateralmente por parte del proveedor. Esto implicaría que el consumidor puede no aceptar una modificación que interprete como “abuso” como el caso de las libretas del Banco Estado, pero quedaría sin capacidad de negociación y tendría que buscar un nuevo acreedor donde quede expuesto a la misma situación.
El artículo 16 letra a) de la ley 19.496 señala claramente que “no producirán efecto alguno en los contratos de adhesión las cláusulas o estipulaciones que otorguen a una de las partes la facultad de dejar sin efecto o modificar a su solo arbitrio el contrato o de suspender unilateralmente su ejecución…”. A pesar de que la ley es taxativa, el Borrador de Reglamento arriesga devolver a las empresas la facultad de terminar unilateralmente los contratos como manera de escapar a las condiciones pactadas.
Álvaro González Susaeta, periodista Conadecus
16-Enero, 2014

Publicado por
Alejandro Calvillo

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