La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (CONADECUS) reiteró la importancia de que las empresas respeten la normativa vigente en materia de cobranzas extrajudiciales, enfatizando que ninguna acción de cobro puede vulnerar la dignidad, privacidad o estabilidad laboral de las personas consumidoras.

Desde la corporación recordaron que la cobranza extrajudicial es una práctica regulada por la ley y que, aunque las empresas tienen derecho a exigir el pago de obligaciones pendientes, estas gestiones deben realizarse dentro de límites claros y respetando los derechos fundamentales de los consumidores.
Entre las principales garantías que protege la legislación chilena, se encuentra la prohibición de informar sobre una deuda a terceros, incluyendo familiares, compañeros de trabajo o empleadores. Asimismo, las empresas no pueden ejercer acciones que generen hostigamiento, presión indebida o afectación psicológica sobre las personas deudoras.
CONADECUS destacó que las gestiones de cobranza telefónica sólo pueden realizarse entre lunes y sábado, desde las 08:00 hasta las 20:00 horas. Además, la normativa limita estrictamente la frecuencia de contacto: sólo se permite una llamada o visita presencial por semana, junto con un máximo de dos gestiones remotas adicionales, como correos electrónicos, mensajes de texto o mensajería instantánea, siempre con separación mínima de dos días entre contactos.
La corporación también advirtió que las empresas tienen prohibido enviar documentos o comunicaciones que aparenten ser escritos judiciales, resoluciones o notificaciones legales, práctica que puede inducir temor o confusión en los consumidores. En materia de repactaciones, CONADECUS subrayó que cualquier modificación de una deuda debe contar con la aceptación expresa del consumidor. Ninguna empresa puede renegociar unilateralmente una deuda vencida, incluso si las nuevas condiciones parecieran ser más convenientes para la persona afectada. Asimismo, la organización recordó que toda repactación genera nuevas condiciones de pago y, por lo tanto, debe respetar los límites legales en materia de intereses y gastos de cobranza. Esto incluye el cumplimiento de la Tasa de Interés Máxima Convencional y los topes establecidos por la ley para los cobros asociados.
Desde CONADECUS hicieron un llamado a las personas consumidoras a informarse y denunciar cualquier práctica abusiva en materia de cobranzas. En caso de hostigamiento, acoso o vulneración de derechos, los consumidores pueden presentar un reclamo ante el Portal del Consumidor del SERNAC, utilizando la opción “No me hostiguen cobranzas”. “La situación de endeudamiento de una persona no puede transformarse en una justificación para prácticas abusivas o vulneratorias. El respeto por la dignidad y los derechos del consumidor debeprevalecer en todo proceso de cobranza”, señalaron desde CONADECUS.