Noticia | 29 Julio 2013

El Aumento en el Cobro de Mantención en las Tarjetas del Retail y los Bancos

Por Hernán Calderón Ruiz.

El ministro de Economía anunció esta semana que el gobierno pondrá en consulta el reglamento que establece mecanismos para que la banca y el retail obtengan el consentimiento explícito de sus clientes cuando realicen modificaciones a los contratos de adhesión de productos financieros.

Sin duda ello es consecuencia directa del fallo que condenó a Cencosud por modificaciones unilaterales en el cobro de mantención de su tarjeta, y del acuerdo conciliatorio con Bancoestado sobre un tema similar, luego de sendas demandas colectivas interpuestas por Conadecus y el Sernac. Los cambios más inmediatos en el ámbito regulatorio ha sido la modificación de la circular 17 de la SBIF que permitía el cambio unilateral de comisiones en tarjetas de crédito al aceptar que “el silencio del consumidor significaba aceptación”. Hoy está claro que ello no puede seguir ocurriendo.

Pero la discusión ha permanecido, principalmente por la forma de aceptación del consentimiento para los aumentos de comisiones de la banca y el Retail, sectores que buscan afanosamente una fórmula que les permita aplicar lo mismo de antes, pero de una manera segura.

La propuesta actual del gobierno no implica un avance importante, favorece directamente a la industria, y deja a los consumidores sin opción, pues de no aceptar el aumento de la comisión, aquellas pueden dar término al contrato unilateralmente. Es decir, se mantienen –y quizás profundizan- las asimetrías del mercado entre productores y consumidores, y contra estos últimos prima la ley del más fuerte.

Las comisiones por mantención han subido en forma significativa e irracional para los consumidores durante años, sin ninguna relación clara con variables de mercado que permiten la contabilidad transparente de los costos, como el IPC o UF. Más aún, en el caso de las tarjetas la competencia no existe, ya que el poseedor de cualquiera de ellas es un cliente cautivo del emisor y no son intercambiables con otros emisores.

Con todo, y sin perjuicio de los reparos expresados, es necesario también discutir con transparencia el tema de las formas de aumento de las comisiones, las que para la banca significan el 25% de sus ingresos.

En la demanda colectiva contra Cencosud, el aumento unilateral que la motivó fue más de 115%, y hoy, el costo de mantención de la tarjeta de esta multitienda supera en 400% el valor que originó la demanda. Antes del fallo, en el mes abril de este año, Falabella notificó a sus consumidores el aumento de costo de mantención de su tarjeta en un 20%, que luego dejó sin efecto. Este aumento habría significado aproximadamente un aumento de costo igual al IPC junto de alrededor de 6 años.

Los consumidores creemos que estas comisiones se han transformado en un instrumento para aumentar los intereses de manera engañosa o de obtener utilidades injustificadas con intereses encubiertos, más allá de las que se ofrecen como cargo a los consumidores.

Se debe considerar que si hay un costo fijo por comisiones de mantención de servicios, para determinarlo es necesario que la industria transparente los costos de mantención y se le apliquen utilidades razonables, y que para el aumento de los valores se establezca un mecanismo aplicando el IPC anual cuando esta expresado en pesos o la variación UF, dejándolo establecido en sus contratos, los cuales se reajustarán automáticamente según la variable considerada. Cualquier cobro superior a estas variables debe ser por aumento de servicios, beneficios a los consumidores y debe ser optativo su aceptación y manifestarlo

Publicado por
Alejandro Calvillo

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