Noticia | 12 Septiembre 2011

EL SERVICIO DE REPARACION DE BIENES

El servicio de reparación de bienes
Pues bien, la ley de protección al consumidor recogiendo esta necesidad social ha regulado el Contrato de prestación de Servicios cuyo objeto sea la reparación de cualquier tipo de bienes. Dicho de otro modo, regula aquellos contratos en que una de las partes es el proveedor que se obliga a prestar el servicio de reparación de bienes y la otra el consumidor que se obliga a pagar un precio por dicho servicio.
Debemos dejar claro eso si, que este contrato no guarda relación con el derecho a reparación que tienen los consumidores cuando el bien adquirido es defectuoso o no reúne determinadas especificaciones ofrecidas
En resumen, el artículo 40 y siguientes, establecen derechos para los consumidores, y correlativamente obligaciones para el proveedor de los servicios, que son los siguientes:
Deberes del proveedor
1.- Emplear en la reparación componentes o repuestos adecuados al bien de que se trate.
2.- Emplear en la reparación repuestos nuevos.
3.- Puede emplear en la reparación repuestos refaccionados siempre que informe al consumidor de ello.
4.- Señalar por escrito en la respectiva boleta, recibo u otro documento similar la GARANTIA que se ofrece, es decir el plazo por el cual se hace responsable del servicio otorgado.
Derechos del consumidor
1.- Exigir al proveedor, en caso de incumplimiento de las tres primeras obligaciones precedentes, la sustitución gratuita de los repuestos efectivamente contratados.
2.- Solicitar al proveedor que especifique en la boleta, recibo o factura si los repuestos empleados son nuevos o refaccionados y el precio de ellos.
3.- Solicitar al proveedor que especifique en la boleta, recibo o factura el valor de la mano de obra.
4.- Derecho a reclamar del desperfecto o daño ocasionado por el servicio de reparación que se prestó en forma defectuosa.
Existe además el deber que dice relación con que el consumidor debe retirar del servicio de reparación las especies dejadas, a lo más, en el plazo de un año, de lo contrario éstas se entenderán abandonadas a favor del proveedor.
Los consumidores tendrán 2 tipos de acción para reclamar contra los proveedores del servicio de reparación, a saber:
a) La acción de denunciar y solicitar eventualmente indemnización de perjuicios por el incumplimiento de los deberes antes descritos. Para ello dispone del plazo de 6 meses contados desde la infracción.
b) La acción de denunciar y solicitar eventualmente indemnización de perjuicios por el desperfecto o daño ocasionado por el servicio de reparación defectuoso. Para ello dispone del plazo de 30 días hábiles contados de la fecha en que se termina la prestación del servicio o desde que se entregó el bien reparado.
En este último caso, si el tribunal estimare procedente el reclamo dispondrá que el servicio sea prestado nuevamente, pero sin costo para el consumidor o podrá disponer que el dinero pagado por el consumidor sea devuelto por el proveedor.

Publicado por
Michelle Azuaje Pirela

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