Noticia | 15 Julio 2020

Corte Suprema acogió recursos de reclamación y establece nuevos límites de espectro de telefonía móvil

Santiago, 15 de julio de 2020.- El máximo Tribunal acogió las reclamaciones presentadas por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, Conadecus, y la empresa Netline Mobile S.A. y estableció nuevos límites de tenencia de derechos del espectro radioeléctrico.

Conadecus y Netline impugnaron lo que consideraban un espectro excesivo en manos de grandes operadores, con efectos negativos para la competencia en el mercado móvil. Esto llevó a Subtel a proponer un nuevo plan con espectro dinámico.

Conadecus también acusó a las empresas de telecomunicaciones de superar el límite de 60MHz durante la subasta de la banda de 700MHz en 2014. Luego, los tribunales les ordenaron devolver espectro hasta llegar al límite de 60MHz. Pero los operadores argumentaron que 60MHz era un límite poco realista y llevaron el caso a tribunales superiores.

El máximo Tribunal, en primer lugar, abordó la necesidad de imponer nuevos límites en la tenencia del espectro de la telefonía celular –tal como lo hizo en sentencias anteriores (causas roles 4.797-2008 y 73.923-206)– debido a que si bien las condiciones de competencia han mejorado, persisten altos niveles de concentración en las tres empresas vinculantes en la consulta.

El fallo plantea que persisten en el mercado circunstancias preocupantes que tornan necesaria la imposición de dichos límites o caps, contrario a lo sostenido por los aportantes que se han opuesto a tal regulación.

Para el máximo Tribunal, si bien el índice de concentración del mercado relevante ha presentado una notoria disminución a partir de 2007, lo cierto es que sigue bordeando los 2.500 puntos HHI, tanto en el mercado de voz como de datos, así también como en la distribución misma del espectro radioeléctrico, medición que ubica a este ejercicio económico en el límite de lo altamente concentrado.

Añade el fallo que resulta necesario destacar, además, que los tres operadores móviles reales incumbentes: Entel, Movistar y Claro, persisten hasta el día de hoy en un estado de incumplimiento del límite de tenencia vigente -más allá de las propuestas de restitución, aun no materializadas, presentadas ante el TDLC-, realidad que necesariamente lleva a concluir que la desregulación en ningún caso sería eficaz para asegurar el buen comportamiento de los agentes y concretar el afán de proscripción de acaparamiento de este insumo esencial, principal consecuencia anticompetitiva que se pretende evitar a través de la imposición de caps.

 

Link a fallo de la Corte Suprema: 181-Fallo EXCMA.pdf

Fuente: Diario Constitucional

Publicado por
Conadecus

¿Necesitas ayuda?

Entregamos asesoría legal gratuita, denuncia para proteger tus derechos.

Valentín Letelier #16, Santiago

[email protected]
+56 2 26960420

Agenda Conadecus