CONADECUS informa a los consumidores sobre las condiciones de salud que son consideradas en la evaluación médica para obtener o renovar una licencia de conducir.

Obtener o renovar una licencia de conducir en Chile requiere acreditar que la persona cuenta con las condiciones físicas y psíquicas necesarias para conducir de manera segura. En este proceso, un instructivo técnico del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones contempla 38 patologías y condiciones de salud que pueden ser consideradas durante la evaluación médica.
La información fue dada a conocer por El Mostrador y se basa en la Resolución Exenta N.º 1.194, normativa que aprueba un instructivo destinado a apoyar la labor de los médicos de los Gabinetes Técnicos Municipales encargados de evaluar a quienes solicitan una licencia de conducir.
¿Tener una de estas condiciones significa perder automáticamente la licencia?
No. La existencia de una de estas patologías no significa, por sí sola, que una persona quede impedida de conducir. La evaluación considera factores como la gravedad de la condición, sus síntomas, su evolución, los controles médicos y el tipo de licencia solicitada.
Dependiendo de cada situación, el resultado puede ser:
- Aprobar la licencia.
- Reducir su período de vigencia.
- Solicitar informes o antecedentes médicos adicionales.
- Rechazar el otorgamiento de la licencia, cuando las condiciones de salud impliquen un riesgo incompatible con una conducción segura.
Las 38 patologías y condiciones consideradas El instructivo contempla, entre otras, las siguientes enfermedades y condiciones:
Salud metabólica y neurológica
- Diabetes mellitus tipo 1 y 2.
- Epilepsia.
- Alzheimer y otras demencias.
- Traumatismo encéfalo craneano.
- Accidente vascular encefálico.
- Crisis de isquemia transitoria.
- Trastornos neuromusculares, como esclerosis múltiple, Parkinson y distrofia muscular progresiva.
- Disfunción vestibular.
Condiciones cardiovasculares
- Infarto agudo al miocardio.
- Hipertensión arterial.
- Aneurisma aórtico abdominal y torácico. •
- Angina de pecho.
- Angioplastia. •
- Arritmias.
- Terapia anticoagulante.
- Desfibrilador cardíaco implantado.
- Aneurisma cerebral.
- Marcapasos.
- Cardiopatías congénitas.
- Paro cardíaco.
- Bypass de la arteria coronaria.
- Miocardiopatía dilatada.
- Alteraciones en el electrocardiograma.
- Insuficiencia cardíaca.
- Trasplante cardíaco.
- Enfermedades de las válvulas cardíacas.
- Síncope cardioinhibitorio.
- Miocardiopatía hipertrófica.
Salud mental y consumo de sustancias
- Trastornos por consumo de alcohol.
- Trastornos psiquiátricos.
- Uso de benzodiacepinas.
- Consumo perjudicial o dependencia de drogas ilícitas.
Otras condiciones
- Cáncer.
- Insuficiencia respiratoria crónica.
- Defectos anatómicos o funcionales del sistema musculoesquelético.
- Diplopía.
- Cataratas.
- Hipoacusia.
La evaluación busca garantizar una conducción segura
Desde CONADECUS consideramos importante que los consumidores conozcan estos criterios, especialmente porque la licencia de conducir constituye un documento fundamental para muchas personas y, en determinados casos, también una herramienta necesaria para desarrollar actividades laborales.
El objetivo de la evaluación médica es identificar aquellas condiciones que puedan afectar la capacidad de conducir de manera segura, sin que el diagnóstico de una enfermedad implique necesariamente una prohibición automática.
Por ello, las personas que presenten alguna de estas condiciones deben informarse adecuadamente sobre los requisitos aplicables a su situación y mantener sus antecedentes médicos actualizados al momento de realizar el trámite.
¿Qué ocurre si una persona no está de acuerdo con el resultado?
Cuando una persona reprueba la evaluación médica para obtener su licencia, existen mecanismos para solicitar una nueva evaluación ante el Servicio Médico Legal o un establecimiento especializado que este determine, según corresponda.
CONADECUS recomienda a los consumidores informarse previamente sobre los requisitos vigentes y consultar directamente ante las autoridades competentes cuando existan dudas respecto de su situación particular.
Fuente: El Mostrador, “Revisa las 38 patologías que pueden reducir o impedir una licencia de conducir”, 7 de septiembre de 2026.
Fuente normativa: Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET), Resolución Exenta N.º 1.194, de 2020.