La postergación de la entrada en vigencia de la nueva normativa plantea interrogantes sobre la protección efectiva de los datos de las personas consumidoras y el rol fiscalizador de las autoridades.

La protección de los datos personales se ha convertido en un componente fundamental de los derechos de las personas consumidoras. Cada compra por internet, contratación de servicios, uso de aplicaciones o inscripción en programas de fidelización implica entregar información que debe ser tratada de manera responsable, transparente y segura.
En este contexto, CONADECUS advierte sobre las consecuencias que puede tener la postergación de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Protección de Datos Personales y la necesidad de que, durante este período, existan mecanismos efectivos de fiscalización frente al uso indebido de la información de los consumidores.
La preocupación fue planteada por el presidente de CONADECUS, Hernán Calderón, en una columna publicada por El Mostrador el 4 de septiembre de 2026, donde cuestiona si las empresas están siendo efectivamente fiscalizadas durante este período de transición.
Una nueva legislación que busca fortalecer los derechos
La Ley N.º 21.719 regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Entre otros aspectos, establece nuevas obligaciones para quienes tratan información personal y reconoce herramientas para que las personas puedan ejercer un mayor control sobre sus datos.
La normativa contempla derechos relacionados con el acceso, rectificación y supresión de datos, además de obligaciones de información y transparencia para los responsables del tratamiento. La ley también establece reglas específicas para los datos personales sensibles y mecanismos de supervisión y cumplimiento.
Según el texto vigente publicado por la Biblioteca del Congreso Nacional, la entrada en vigencia de la Ley N.º 21.719 está fijada para el 1 de diciembre de 2026, tras las modificaciones introducidas durante su implementación.
El desafío de la fiscalización durante la transición
Uno de los principales puntos de preocupación planteados por CONADECUS es qué ocurre con la fiscalización mientras la nueva institucionalidad no se encuentra plenamente operativa.
La organización sostiene que la transición no debe traducirse en un período de menor protección para los consumidores. El tratamiento de información personal ya forma parte de múltiples relaciones de consumo y, por lo tanto, requiere controles efectivos incluso antes de que la nueva institucionalidad alcance su funcionamiento completo.
Esta preocupación también había sido expresada previamente por CONADECUS, que llamó a las autoridades a garantizar una implementación oportuna de la normativa y a evitar que dificultades administrativas terminen debilitando los derechos de la ciudadanía.
Datos personales: un derecho de los consumidores
Para CONADECUS, la protección de datos personales no debe entenderse únicamente como un asunto tecnológico. Se trata de un derecho directamente relacionado con la vida cotidiana de los consumidores.
- Compras y transacciones realizadas por internet.
- Contratación de servicios financieros y comerciales.
- Uso de aplicaciones y plataformas digitales.
- Programas de fidelización y beneficios.
- Información financiera, de contacto y otros antecedentes personales.
- Datos sensibles que requieren un nivel reforzado de protección.
Especial preocupación por consumidores vulnerables
El uso de datos personales puede adquirir especial gravedad cuando involucra a personas consumidoras en situaciones de vulnerabilidad. CONADECUS ha advertido, por ejemplo, sobre casos en que plataformas digitales pueden tratar información sensible sin los resguardos adecuados.
La protección debe considerar especialmente a niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y personas con menor alfabetización digital, quienes pueden enfrentar mayores dificultades para comprender las condiciones de uso de sus datos o ejercer sus derechos frente a empresas y plataformas.
¿Qué deberían exigir los consumidores?
CONADECUS considera fundamental que las personas puedan conocer de manera clara qué información recopilan las empresas, para qué será utilizada, durante cuánto tiempo será conservada y con quién podrá ser compartida.
Asimismo, las empresas deben entregar mecanismos sencillos y accesibles para que las personas puedan ejercer sus derechos sobre sus datos. La nueva legislación establece precisamente obligaciones destinadas a facilitar este ejercicio y reforzar la transparencia.
CONADECUS llama a reforzar la protección
La protección de los datos personales no puede quedar relegada durante los períodos de transición normativa. Para CONADECUS, cualquier modificación en el calendario de implementación debe ir acompañada de claridad institucional y garantías efectivas para las personas consumidoras.
La ciudadanía no debe transformarse en un proveedor involuntario de información personal sin garantías suficientes. La protección de los datos debe ser entendida como parte fundamental de los derechos de los consumidores en la economía digital.
Fuente principal: El Mostrador, “El año ‘libre’ para el mal uso de los datos personales de los consumidores”, columna de Hernán Calderón, presidente de CONADECUS, 4 de septiembre de 2026.
Fuente normativa: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, Ley N.º 21.719, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. cite turn1search1 Antecedente: CONADECUS, “CONADECUS advierte que eventual postergación de la Ley de Protección de Datos Personales no debe debilitar los derechos de los consumidores”, 5 de agosto de 2026.