Noticia | 2 Julio 2014

Corte Suprema condena a Isapre Vida Tres a recalcular cuenta médica por aneurisma cerebral

sentencia-stent-aneurisma-cerebralLa isapre catalogó como prótesis “el stent” de la intervención por aneurisma cerebral para dejar sin efecto la bonificación de 100% pero la Corte Suprema ordenó recalcular la cuenta médica, rebajándola de 9 millones a cerca de 1 millón.
La Corte Suprema, en sentencia de fecha 24 de junio de 2014, acogió el recurso de protección deducido por afiliado a Isapre Vida Tres y representado por la abogado Ana María Rivera Álvarez.
La cónyuge del afectado, el 4 noviembre del 2013, fue sometida a un tratamiento endovascular en cual se utilizó stent diversor de flujo. Dicha intervención se realizó en una clínica privada, con el prestador preferente donde gozaba de mejor cobertura. Al recibir la cuenta clínica ésta señalaba que se había utilizado un stent diversor de flujo, y al llevar dicha cuenta a la isapre y establecer las bonificaciones, la isapre procedió a catalogar dicho stent como una “prótesis”, con el cual lo dejaba sin la bonificación del 100% de acuerdo al plan de salud contratado, y pasaba a aplicar un tope en la bonificación de 45 UF, con lo cual le otorgaba un beneficio de $ 1.043.406 en vez de cobertura total por $ 9.436.700.
El afectado recurrió a la Corte alegando violación de sus garantías constitucionales, especialmente su derecho de propiedad, toda vez que el stent no es una prótesis ya que no reemplaza una parte del organismo, sino que, según lo que señala el propio médico tratante: “es una malla metálica fina que actúa re direccionando el flujo sanguíneo hacia la luz arterial, disminuyendo el llene del saco aneurismático. No reemplazan parte alguna del organismo, por lo que no pueden ser considerados prótesis y sirven además como barrera contenedora de coils, que habitualmente se utilizan como suturas, rellenando los sacos aneurismáticos para impedir su ruptura”.
La sentencia de la Corte acoge la tesis del afectado, señalando que por prótesis debe entenderse “procedimiento mediante el cual se repara artificialmente la falta de un órgano o parte de él, como la de un diente, un ojo”. Vale decir prótesis será cualquier aparato o dispositivo que repare artificialmente el todo o una parte de un órgano, es decir, que esté destinado a reemplazar algún miembro, órgano o parte de él.”
En la intervención de la paciente se utilizó un stent sin que dicho aparato tenga la aptitud de reemplazar algún miembro, órgano o parte de él.
Según la Corte Suprema, la calificación de prótesis por parte de la Isapre y limitar su cobertura a un tope de 45 UF carece de sustento y resulta arbitraria, y viola la garantía constitucional del número 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, en cuanto impide a los actores (afiliado y beneficiaria) obtener el porcentaje de bonificación que para dicha prestación se encuentra estipulado en el contrato de salud respectivo.
Para la abogado Ana María Rivera Álvarez, quien elaboró y defendió este recurso, estima que si bien esta sentencia se aplica y resuelve la situación del caso concreto de los recurrentes, constituye un importante precedente para aquellas intervenciones en que se utiliza stents, muy frecuentes en nuestro país, ya que la propia Corte Suprema la califica de “insumo” y no de prótesis, lo que permite al afiliado obtener una mejor cobertura de acuerdo al plan de salud contratado.

Publicado por
Alejandro Calvillo

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