Noticia | 23 Julio 2026

Corte Suprema refuerza el acceso a la justicia al ordenar tramitar demanda por relación laboral

La Corte Suprema acogió un recurso de queja y ordenó continuar la tramitación de una demanda por declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, estableciendo un criterio que fortalece el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva.


La controversia surgió luego de que el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago declarara caducada la acción por despido injustificado, decisión que posteriormente fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Sin embargo, el máximo tribunal estimó que dicha interpretación era incorrecta, ya que antes de analizar la aplicación del plazo de caducidad es indispensable resolver si existió o no una relación laboral entre las partes.

En su fallo, la Corte Suprema sostuvo que la acción destinada a obtener el reconocimiento de la relación laboral y aquella relativa al despido están estrechamente vinculadas, por lo que no pueden examinarse de manera independiente. En consecuencia, no corresponde rechazar la demanda por el transcurso del plazo para reclamar un despido cuando aún está pendiente determinar la existencia del vínculo laboral que da origen a esos derechos.

Como resultado de la resolución, la causa deberá continuar su tramitación y las partes serán citadas a la audiencia preparatoria, donde se discutirán los antecedentes del caso.

Un fallo que fortalece la tutela judicial efectiva

Para CONADECUS, esta decisión constituye un precedente relevante porque reafirma que las normas procesales deben interpretarse de manera que garanticen el acceso efectivo a la justicia y no se transformen en barreras que impidan a las personas obtener una resolución sobre el fondo de sus conflictos.

El fallo reconoce que, cuando existen aspectos esenciales aún no resueltos —como la existencia de una relación laboral—, los tribunales deben pronunciarse primero sobre esas materias antes de aplicar reglas procesales que puedan impedir el ejercicio de otros derechos.

Este criterio resulta especialmente significativo para quienes prestan servicios bajo modalidades cuya naturaleza jurídica es discutida, ya que evita que una interpretación estricta de los plazos prive a trabajadores y trabajadoras de la posibilidad de hacer valer sus derechos ante los tribunales.

Desde CONADECUS reiteramos la importancia de promover un sistema de justicia accesible, donde las personas puedan obtener una respuesta efectiva a sus controversias y ejercer plenamente los derechos que la ley les reconoce.

Publicado por
Conadecus