Noticia | 13 Septiembre 2011

HACER VALER LEY CONSUMIDOR

Distintos valores: Consumidores deben hacer valer el artículo 28 de la ley.
El Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, señaló que la aerolínea LAN y todas las empresas de transpoorte y viajes, deben respetar el precio diferenciado de pasajes que ofrece a sus pasajeros en regiones, porque así lo exige la ley del consumidor. Esto, luego que usuarios advirtieran que la compañía está utilizando una publicidad distinta para Santiago y las demás ciudades del país desde hace algunos días la aerolínea, cuando comenzó su última promoción a distintos destinos turísticos.
Específicamente la publicidad desplegada en sus oficinas de la denominada promoción 2X no especifica que los viajes tienen como origen Santiago, como ocurre en Concepción y Puerto Montt, pero sí lo hace en su sitio web. Según informó radio Bío-Bío al consultar por esta situación a LAN el personal indica que en el sitio web se señala que el traslado por esos precios, como los que se promocionan a Buenos Aires y Miami, utilizan como base para cobrar Santiago, debiendo el cliente de regiones pagar el adicional de un vuelo nacional para llegar a la capital, si se quiere ir en avión.
El director del Servicio Nacional del Consumidor de la Región de Los Lagos, Sebastián Fernández, señaló a la misma emisora que la aerolínea debe respetar el precio que exhibe en sus oficinas de regiones, porque al no decir desde Santiago, debe respetar la tarifa incluyendo todo el tramo, desde el origen del pasajero. Los consumidores, para hacer exigible el precio de esos pasajes, deben ampararse en el articulo 28 de la ley del consumidor, que especifica que se debe cumplir con lo que se oferta en la ciudad de origen del pasajero.

Publicado por
Michelle Azuaje Pirela

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