Noticia | 9 Agosto 2012

SE INICIA BATALLA LEGAL CONTRA BANCO SANTANDER POR SU DENOMINADO “ALIVIO HIPOTECARIO”

Este jueves 9 de agosto, La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile, Conadecus, ingresó la demanda colectiva contra Banco Santander por las cláusulas abusivas en los contratos del producto Alivio Hipotecario.

El trámite se llevó a cabo con la presencia del Abogado a cargo de la demanda, Federico Joannon E, y Hernán Calderón R Presidente de conadecus, acompañados por un grupo de consumidores afectados, quienes entregaron sus testimonios sobre la mala práctica realizada por el banco.

El Producto Alivio Hipotecario ofrecido por Banco Santander consiste en ofrecer a los clientes disminuir un tercio del monto de los dividendos de los créditos hipotecarios mensuales durante 36 meses, aumentando significativamente alrededor de 10 veces el monto pagado en relación al monto solicitado.

De esta forma el Alivio Hipotecario constituye un producto de contrato abusivo que termina obligando a los clientes pagar un crédito hipotecario. Escandalosamente mayor, induciendo a los mismos clientes a solicitar un en muchos casos otro crédito para poder cubrir el crédito hipotecario paradójicamente bautizado “Alivio Hipotecario”.

La práctica utilizada por Banco Santander en contra de los Consumidores, incurre en engaño para suscribirla, sumada a la falta de información veraz y oportuna.

El Alivio Hipotecario y Los Consumidores.

La Institución Bancaria demandada, en el año 2009, en medio de una crisis económica global e incertidumbre de los diferentes actores de los mercados, especialmente los más débiles, ofreció a sus clientes con créditos hipotecarios vigentes un producto que –según se les planteó a los deudores, pero que no era verdad- les aliviaría su carga crediticia, producto al que denominó “ALIVIO HIPOTECARIO”.

Según se les informó a los consumidores, les significaría una rebaja de entre un 20% y un 30% en cada uno de sus dividendos hipotecarios, durante un período de 36 ó 48 meses consecutivos, y una vez expirado este plazo de rebaja (o plazo de gracia), el dividendo volvería a la suma originalmente contratada. Asimismo, se les informó que la suma rebajada se les cobraría al finalizar el plazo del crédito hipotecario, en cuotas mensuales y sucesivas similares a las del dividendo original.

El ofrecimiento de este producto “Alivio Hipotecario”, en estas condiciones, les pareció muy atractivo a muchos clientes, los cuales lo aceptaron, firmando un pagaré en blanco, a requerimiento del banco. Y éste materializó la rebaja, sin más explicaciones ni formalidades. No existió documentación alguna de respaldo.

Contrario a lo convenido, a partir de Junio del presente año, cuando han comenzado a vencer los plazos de 36 a 48 meses del denominado “Alivio Hipotecario”, el banco demandado ha comenzado a contactar y convocar por teléfono y por la Web a sus clientes “aliviados”, para cobrarles el TOTAL de las sumas rebajadas durante los meses en que se les aplicó el “alivio”, de una sola vez, a través de lo que ha denominado “ALIVIO HIPOTECARIO CUOTÓN” (o, lisa y llanamente, “CUOTÓN”). Y como alternativa para no ejecutarles el pagaré, les ofrece un nuevo crédito hipotecario, cuyo capital incluye el saldo de la deuda hipotecaria anterior con el denominado Cuotón.

El “CUOTÓN” cobrado o que pretende cobrar el banco, es superior en aproximadamente 10 veces al TOTAL de la cantidad rebajada multiplicada por el número de meses que operó la rebaja. Es decir, si la rebaja total ascendió a $3.600.000.- (100 mil pesos por 36 meses, por ejemplo), el banco quiere cobrarle aproximadamente 36.000.000.-

Estos “cuotones” son sumas exorbitantes en relación con la capacidad de pago de los deudores, y no tienen correspondencia con las sumas rebajadas de los dividendos hipotecarios (exceden en aproximadamente 10 veces lo rebajado), y –por lo mismo- son cantidades de dinero completamente desconocidas y jamás convenidas.

Son cantidades que no se justifican ni se pueden legítimamente explicar, ya que exceden el máximo que pueden cobrar las instituciones financieras a sus clientes en operaciones de mutuo de dinero, y excede con creces cualquier operación comercial celebrada con buena fe y con sujeción a la legalidad vigente.

A modo de ejemplo, vale tener presente que el monto del CUOTÓN excede con mucho los intereses que el banco demandado podría haberles cobrado a sus deudores hipotecarios en el evento que éstos hubieren contratado un crédito de consumo para pre pagar una parte de sus dividendos hipotecarios.

De esta forma con el otorgamiento del producto denominado “Alivio Hipotecario”, el Banco Santander abusó de sus consumidores (deudores hipotecarios), incurriendo en severas infracciones a la Ley de Protección de Derechos del Consumidor.

Con esto La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios inicia una nueva batalla legal de carácter colectivo, en el marco de la Ley del Consumidor y los atropellos a esta, buscando sacar a la luz y condenar las prácticas abusivas de instituciones bancarias, que actuan fuera del marco legal. A su vez, esta nueva acción colectiva busca beneficiar a la totalidad de los afectados, esperando que la justicia actué con rigor.           

Publicado por
Alejandro Calvillo

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